¿TIENES ACCIONES DEL BANCO POPULAR? RECUPERA TU DINERO.

Consideramos que la venta de acciones del grupo popular pastor no se ha realizado con la información necesaria para las personas, por lo que la contratación de dichas acciones resulta nula, en base a una comercialización oscura.

19 julio 2017

En Insitu Abogados + Asesores, Abogados en Coruña y Monforte de Lemos (Lugo), queremos abordar el tema de las acciones del Banco Popular para intentar explicar, en términos sencillos y la forma más amena posible, al mayor número de personas qué es lo que ha sucedido, cuáles han sido las causas y cómo podremos afrontar las consecuencias.

Para los abogados, está siendo abrumador el momento actual en el que se suceden cambios jurisprudenciales tan rápidos, nuevas casuísticas constantes y acontecimientos tan importantes como los que estamos viviendo. La disolución del Banco Popular es un escándalo más en el que el usuario, el minorista y en definitiva la persona de a pié sufre los abusos indiscriminados del sector bancario.

Es un momento en el que en general la justicia, y en particular, los despachos de abogados tenemos la apasionante tarea de ayudar y defender los derechos de los clientes qué han visto cómo han perdido una cantidad de dinero importante; participaciones preferentes, obligaciones subordinadas, swaps, acciones de Bankia, cláusulas abusivas y ahora acciones del Banco Popular, sin olvidarnos de otros tantos productos tóxicos que sin haber ganado tanta repercusión mediática han sido también objeto de múltiples sentencias. Pasemos a abordar el asunto del Banco Popular;

 


¿En qué consiste el problema?


EL pasado 7 de Junio de 2017 el FROB (Fondo de reestructuración ordenada bancaria) dictó una resolución en la que se cumplía el mandato del Banco Europeo para la acordar la resolución (disolución) de la entidad Banco Popular (que en su día absorbió al Banco Pastor), fundamentalmente debido a la inviabilidad de dicha entidad bancaria. El Banco Popular, fruto de los excesos del pasado, ya no podía hacer frente a sus deudas y demás gastos futuros.

Para la extinción de dicha entidad se decide utilizar la venta del negocio en su unidad transmitiendo el total de las acciones al comprador, que en este caso fue, dentro de un proceso supuestamente competitivo, el Banco Santander.

El Banco Popular tenía un total de 2.098.429.046 € como capital social representado por 4.196.858.092 acciones nominativas a un valor de 0.50 € la acción.

El Banco Popular, como decíamos, se vende por 1 € al Banco Santander, por lo que, simplificando mucho, todas esas acciones pierden todo su valor, es decir, literalmente el dinero de los accionistas ha desaparecido. Dentro de ese conjunto de accionistas había inversores importantes e inversores minoristas clientes de la entidad. Esto se sustenta y argumenta por parte del FROB en base a que la absorción de las deudas debe hacerse en primer lugar por los accionistas de la entidad, puesto que serían unas pérdidas similares a las que se tendrían en un proceso concursal. También soportarán pérdidas otros acreedores del Banco Popular. 

En resumen, que para disolver ordenadamente EL Banco Popular, se lo han vendido al Banco Santander como unidad productiva (con su cartera de clientes) pero sin deuda alguna. Esta deuda que desaparece, es en realidad el dinero de las personas que, con una dudosa comercialización y sin una información adecuada compraron acciones del Banco Popular. Dicho técnicamente, el FROB ha acordado reducir el capital social del Banco Popular a 0 €.

Bien, decíamos que el FROB dictó una resolución acordando la reducción del capital social de Banco Pastor a 0 €. Pero la cosa no termina ahí; a la vez, en la misa resolución del FROB, resuelve un aumento de capital de casi 2.000 millones de euros en acciones.

Para explicarlo muy claramente; se reduce el capital del Popular a 0 € se vende al Santender por 1 € e inmediatamente se vuelve a aumentar a 2.000 millones dividido en acciones de 1 €. O lo que es lo mismo, se les quita el dinero a los accionistas del Popular, se le regala la entidad al Banco Santander y ahora el propio Santander tiene que vender en acciones por valor de 2.000 millones para cumplir con el aumento de capital. ¿A quien se le venderán esas acciones? Es evidente que 2.000 millones no se crean de la nada y que irán destinados a cubrir y garantizar el importe de las cuentas corrientes de los clientes del Popular. Además, dicho aumento de capital conlleva la exclusión del derecho de suscripción preferente que tienen los que ya son accionistas en base a la legislación societaria por lo que el desconcierto es total.

 


¿ Ahora el Banco Santander ofrece a los accionistas recuperar el dinero ofreciéndoles bonos?.


 

Por parte del Consejo de Administración, y así comunicado por la Sra. Botín,  se propone a los accionistas del Banco Popular que suscriban “bonos de fidelización” cuyas condiciones no están claras todavía, pero que en todo caso, parece ser, que abre la puerta a que se recupere el dinero en un plazo de 7 años siempre a voluntad del Banco Santander.

Llegados a este punto, en el que el lector poco menos que es un experto en la materia, vamos a empezar a hablar de las cosas como realmente son. Los “Bonos de fidelización” son, ni más ni menos, que una suerte de Obligaciones Subordinadas del Banco Santander; es decir es un producto complejo y con riesgo, que se está comercializando en base a la desesperación de los accionistas del Popular por recuperar su dinero;  Esto ya debería sonarnos de cuando, junto con sus amigas las participaciones preferentes, hicieron auténticos estragos. Por si esto no fuese suficiente, el Banco Santander no quiere devolver el dinero, sino que pretende mantener esa gran cartera de clientes que ha comprado con un 1 € ofreciendo a los accionistas un producto claramente nocivo a cambio de que permanezcan como clientes en la entidad, de ahí su no muy imaginativa denominación “de fidelización”. Tengan por seguro que dentro de 7 años estos bonos se convertirán en otra cosa y así sucesivamente.

 


La banca no ha aprendido nada. 


 

Creemos que ha quedado claro que la banca no puede comercializar todo tipo de productos con todo tipo de clientes y que tiene un deber especial de diligencia y transparencia a la hora de explicar y vender sus productos bancarios. Son miles las sentencias que existen en este sentido, pero creemos que a día de hoy siguen jugando con el elemento disuasorio, es decir, de cada 10 2 reclamarán judicialmente y el resto no. Afortunadamente, estas situaciones desesperadas están llevando cada vez más a la gente a perder el miedo a llevar ante los juzgados a las entidades bancarias, lo cual es un gran logro para nuestra sociedad.


Basta ya!


 

Llegados a este punto, una persona física o jurídica, minorista, sin conocimientos bancarios, bursátiles y societarios no tiene porqué soportar la pérdida de un dinero que a buen seguro le ha costado mucho esfuerzo ganar y verse en todo este caos de productos bancarios y operaciones bancarias de semejante exigencia técnica y elevadísima complejidad.

Su dinero es su dinero; no son acciones ni bonos. El Banco Popular planteó un aumento de capital en el año 2016 en el que ocultó o maquilló sus cifras para dar una apariencia que un año más tarde resultó ser toda una farsa, como ya ocurrió en su día con Bankia.

Por lo tanto, tanto si se tienen acciones anteriores a 10 de Abril de 2017 (momento en el que se conoció la insolvencia de Banco Popular) o si tienen acciones de la ampliación de 5 de Diciembre de 2012 ya sea en Banco Popular o en Banco Pastor, o si en su día tuvo bonos, participaciones preferentes o deuda subordinada que se convirtió en acciones no lo dude ni un minuto más, diga basta ya.

 


La solución. Reclama tus derechos demandando al Banco judicialmente.


 

 

Es evidente que la suscripción de acciones se produjo sobre la base de una información adulterada, o bien con una comercialización incorrecta, o como solución al conflicto de las participaciones preferentes, pero en todo caso se ha producido con lo que jurídicamente se denomina “vicio en el consentimiento”, es decir, un volumen muy elevado de las personas físicas o jurídicas que suscribieron acciones u otros tipos de productos financieros prestaron su consentimiento de forma viciada ya que además de no tener acceso a la mayoría de la información de la ampliación de capital de la entidad bancaria lo poco que sabían estaba adulterado.

 


¿Qué beneficios se pueden obtener?


 

En primer lugar está el beneficio estrictamente económico de recuperar en metálico el dinero invertido para disponer de él de forma efectiva. Además, también se consigue el beneficio de huir de una concatenación de productos bancarios en el que sumido un pequeño inversor saltando entre participaciones preferentes, acciones, bonos de fidelización, etc. con los quebraderos de cabeza y preocupaciones que esto conlleva.

Resulta muy importante tomar decisiones adecuadas, puesto que si se aceptan las condiciones del Banco Santander no se podrá acudir a la vía judicial.

 


Elige Insitu Abogados


 

Hemos actuado en multitud de procedimientos en reclamación de productos tóxicos y cláusulas abusivas,  con un éxito total. 

Nuestras características principales como despacho están en nuestro buen trato al cliente, cercanía, transparencia en materia de honorarios y, por supuesto, con resultados en el los juzgados y tribunales buscando siempre el beneficio del cliente. 

En este área, nuestra actuación engloba desde asesoramiento a la hora de decidir qué hacer ante tu banco y, de existir viabilidad, ejercitar las acciones judiciales pertinentes. 

Además e hemos conseguido la condena en costas de las entidades bancarias en un número muy elevado de ocasiones, por lo que el procedimiento para el cliente ha sido gratuito.

Tenemos despachos en A Coruña y en Monforte de Lemos (Lugo), si quieres reunirte con nosotros personalmente. Gracias a las nuevas tecnologías, también podemos reunirnos a través de Skype, Facetime o Hangouts. Ponte en contacto con nosotros en el 881252160 o envíanos un e-mail a info@insitu-a.com y recupera tu dinero.

Ldo. Pablo Álvarez Escalada

Col. 1.869 ICA Lugo

pablo@insitu-a.com

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Somos un despacho de abogados en A Coruña y en el presente artículo trataremos de analizar los cambios normativos y los aspectos a tener en cuenta respecto a los datos relativos a la salud de las personas en el ámbito de la protección de datos de carácter personal. En Insitu Abogados podemos ofrecerte todo el asesoramiento legal necesario para que una institución pública u organización privada goce de seguridad jurídica y tranquilidad en esta materia.

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