¿Ha denegado el banco tu cláusula suelo? Acude a la vía judicial.

En este artículo recogemos algunas notas sobre los procedimientos extrajudiciales y judiciales como abogados de cláusulas suelo. Insitu Abogados + Asesores con despachos en Coruña y Monforte de Lemos (Lugo).

27 junio 2017

Fueron miles las personas que decidieron acogerse a este procedimiento extrajudicial en reclamación de las cantidades cobradas de más por el banco como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo. Algunas fueron aceptadas por las entidades, pero otras muchas han sido denegadas. ¿Ha sido ese tu caso? En ese caso tan sólo queda la posibilidad de acudir a la vía judicial. En Insitu Abogados + Asesores llevamos tu procedimiento de cláusulas suelo. 

  • ¿Cómo ha ido el procedimiento extrajudicial?

El mecanismo de negociación fue impulsado por el Consejo de Ministros del 20 de enero mediante un decreto ley, no obstante, se estima que sólo ha compensado a un 25% de las personas que han realizado reclamación.

A este respecto, ya advertíamos de los graves defectos de los que adolecía el real decreto y del amplio poder que se otorgaba a las entidades para la solución extrajudicial de las cláusulas suelo. Como cabía esperar se han producido multitud de abusos por parte de las entidades bancarias; por ejemplo, a habido entidades que presionaron a los hipotecados ofertándoles cantidades a la baja e imponiéndoles plazos para aceptar la oferta, se han negado a aportar cálculo desglosando cantidades tal y como indicaba el real decreto; en otras ocasiones no dejaban a los

“La mala fé de las entidades ha quedad de manifiesto”

usuarios retirar la documentación a firmar a los efectos de que fuera revisada por abogado, etc…y, en la mayoría de los casos negando el carácter abusivo de la cláusula alegando meras excusas de formulario o amparándose en motivos más que discutibles. Es evidente que las entidades bancarias conocen en la mayoría de los casos cuáles de sus clientes disponen de una economía holgada y quienes disponen de una economía más justa, prevaliéndose de dicha información para ofertar cantidades a la baja a aquellas personas que saben que lo aceptarán.

“Todavía se adeudan cantidades a muchas personas”

Podemos decir que la mala fé por parte de las entidades bancarias ha estado más que presente y por lo tanto aún son muchas las personas que, si bien ya no se le está aplicando la cláusula suelo, todavía se le adeudan las cantidades correspondientes a la no aplicación de dicha cláusula.

  • Comisión de seguimiento por parte del gobierno.

Han sido múltiples los fraudes y abusos que se han producido en la sustanciación de estos procedimientos extrajudiciales lo cual ha sido denunciado por diversas asociaciones de consumidores y usuarios, aprobándose en 26 de Mayo de 2017 la Comisión de Seguimiento por parte del Gobierno tal y como indicaba el real decreto. Todo hace indicar que, esta comisión de seguimiento lo único que hará es recabar datos estadísticos sobre el número de reclamaciones y el número de peticiones atendidas, pero en ningún caso existirán sanciones ante las graves prácticas de las entidades bancarias, puesto que el real decreto nada menciona acerca de un régimen sancionador por incumplimiento.

  •   Recapitulando….

En consecuencia, el 21 de Enero de 2017 se inició aprobó el Real Decreto para dar solución extrajudicial al problema de las cláusulas suelo. En dicho texto, se establecía un período de tres meses para llegar a un acuerdo entre la entidad bancaria y el usuario o hipotecado. Por lo tanto, si has presentado una reclamación y no te han contestado en dicho plazo  o te lo han denegado, ahora mismo la única solución existente sería la vía judicial.

  • Ventajas de la vía judicial.

Es cierto que siempre es mejor obtener un acuerdo extrajudicial renunciando a parte del importe que corresponde, puesto que la agilidad y la eliminación de los riesgos que conlleva un procedimiento judicial son una gran ventaja.

Cabe señalar que, gracias a una publicidad agresiva por parte de algunos grandes despachos de abogados, lo cual no criticamos, sino únicamente matizamos, puede parecer que todo es muy sencillo y que recuperar la cantidad derivada de las cláusulas suelo y el importe de los gastos de formalización de hipoteca es poco menos que automático.

Debemos decir que, este tipo de publicidad, como tal, no responde a la realidad y sí a la captación masiva de clientes. A nuestro entender, cualquier persona inteligente, se dará cuenta de que un procedimiento judicial está sometido a los hechos, pruebas y alegaciones de las partes, y que cada caso es diferente al anterior. A ello hay que sumarle los cambios jurisprudenciales y de interpretación de las normas, por lo que en esta vida hay pocas cosas que sean 100% seguras.

Es por ello que cada asunto en materia de cláusulas suelo debe ser estudiado al detalle y, aún así, la entidad bancaria luchará con todas sus armas procesales para evitar ser condenada. Por lo tanto, un procedimiento judicial conlleva riesgos que habrá que valorar en cada supuesto y ser analizados por parte de los letrados actuantes. Por lo tanto, es un buen momento para formular una reclamación judicial en esta materia, pero ni mucho menos estamos ante una cuestión 100 % segura y la llamada a la prudencia se hace más que necesaria.

Dicho lo anterior, sí que debemos ser positivos y, si no se ha obtenido un acuerdo extrajudicial con la entidad bancaria, bien sea porque no han contestado a la solicitud, o bien porque hayan rechazado la abusividad de la cláusula o por cualquier otro motivo, no debes desanimarte o renunciar a formular una reclamación judicial, puesto que en los Juzgados y Tribunales se están obteniendo multitud de sentencias estimatorias con grandes ventajas para los consumidores y usuarios y, en consecuencia estamos evitando que las entidades bancarias siempre se salgan con la suya. Además, conviene ser optimistas,  puesto que en la vía judicial podemos:

1º.- Acumular la reclamación de nulidad de cláusula suelo con la de reclamación de gastos de formalización de hipoteca. El importe a reclamar aumenta.

2º.- La cantidad que te devolverán estará incrementada en el interés legal del dinero. Tu dinero no perderá valor.

3º.- Quedará ajustado el capital amortizado como resultado de no aplicar la cláusula suelo.

4º.- Los gastos del procedimiento son muy reducidos o incluso pueden llegar a ser gratuitos en el caso de condena en costas. 

5º.- Te permitirá mucho más que conseguir una simple cantidad de dinero, te medirás en igualdad de condiciones en un procedimiento judicial ante una entidad financiera.

En conclusión, consideramos que debes ejercitar tus derechos como consumidor o usuario en reclamación de tu cláusula suelo y gastos de formalización de hipoteca ante los Juzgados y Tribunales puesto que estás ante una gran oportunidad. Si necesitas que valoremos tu caso, estamos a tu disposición para valorar los riesgos, calcular las cantidades a reclamar y en su caso iniciar el procedimiento judicial. Puedes ponerte en contacto con nosotros en el despacho de Coruña 88125216 o en el de Monforte de Lemos 982411060 o enviándonos un e-mail a info@insitu-a.com. Además, si quieres informarte sobre cuestiones diversas relacionadas con el asesoramiento jurídico no dejes de visitar el resto de artículos de nuestro blog pinchando aquí. Insitu Abogados + Asesores, asesoría legal estés donde estés. 

¿Quieres saber qué plazo tienes para efectuar la reclamación por cláusulas suelo? Te lo contamos en nuestro artículo pinchando Aquí

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Pablo Álvarez Escalada – Abogado

pablo@insitu-a.com

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